Requisitos para cobrar el subsidio para mayores de 45 años

Los afiliados a la Seguridad Social en Madrid bajan un 0,24% en agosto con una media de 7.382 cotizantes
Entrada a una oficina del SEPE.
Eduardo Parra - Europa Press - Archivo
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Todas aquellas personas de 45 años o más que hayan agotado la prestación contributiva y que no tengan responsabilidades a su cargo, pueden optar al subsidio que ofrece el Ministerio de Trabajo y Economía Social, siempre y cuando cumplan una serie de requisitos. 

Esta ayuda tiene una duración máxima de seis meses, aunque las personas trabajadoras fijas discontinuas, optarían a la ayuda durante un periodo de tiempo equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.

Una vez que se concede la ayuda, esta se recibe de forma mensual, entre el día 10 y 15 de cada mes, y la cantidad equivale al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Si el empleo que dio derecho al subsidio fue a tiempo parcial, la cuantía se reducirá en el mismo porcentaje. 

Requisitos para cobrar el subsidio

Para poder optar a esta ayuda, hay que cumplir una serie de requisitos en el momento del hecho causante, en el momento de la solicitud y durante toda la percepción del subsidio. Son los siguientes: 

  • Estar en desempleo.
  • Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación, sin haber rechazado oferta de colocación ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
  • Suscribir el compromiso de actividad.
  • Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
  • Tener cumplidos 45 años en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Las rentas se computan por su rendimiento íntegro o bruto. 

En el caso de que no se cumpla el requisito de carencia de rentas, se podrá obtener el subsidio si, dentro del plazo de un año desde la fecha del hecho causante, se acredita que lo cumple. Se considera como fecha del hecho causante aquella en la que se cumpla el plazo de espera de un mes o la de la finalización de la causa de suspensión.

20minutos

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